martes, 10 de noviembre de 2009

Colombia: Violencia sexual en el conflicto armado sin un sólo fallo condenatorio

Por Ángela Castellanos Aranguren
Para SEMlac




Bogotá, octubre (Especial de SEMlac).- A más de un año de la sentencia de la Corte Constitucional que ordena al Estado investigar los casos de violencia sexual cometidos en el marco del conflicto armado que vive Colombia y desarrollar una política pública para las colombianas desplazadas, no hay un sólo fallo condenatorio y los programas están muy retrasados.



"Toca hacer acciones de tutela (medida legal para defender derechos) para que le den a una la ayuda humanitaria, y cuando una gestiona algo (para la comunidad desplazada) la vuelven a amenazar (los grupos armados). Yo tengo un año de estar en Bogotá, y sólo me han dado un avantel (radio-teléfono), pero eso no sirve para parar las balas. Y a las que hemos sido violadas, nos toca contar la historia varias veces, hasta el vigilante de las oficinas públicas tiene que saber que una fue violada".

Así resumió para SEMlac C.A., una mujer de 32 años que sufrió cuatro desplazamientos, el asesinato de su hermano, un secuestro de los paramilitares y fue violada por soldados.

"Yo vivía de la agricultura, pero perdimos la tierra. He recibido apoyo psicológico de la organización 'Tierra de Hombres', pero dicen que necesito una atención más profunda". C.A., además, fue testigo de tortura sexual que llevó a la muerte a otras mujeres.

Las colombianas no sólo son víctimas del conflicto armado, en tanto que sus familiares son asesinados, secuestrados o desaparecidos. También enfrentan ataques, amenazas, asesinatos, al igual que los varones. Además, son víctimas de brutales actos de violencia sexual, tales como mutilación, esclavitud sexual y violación.

Con el fin de intimidar a la comunidad, cobrar venganza y ejercer control social, los grupos armados —paramilitares, guerrilla y fuerzas armadas— han cometido abusos sexuales contra las mujeres y niñas de la población civil.

Como resultado, muchas colombianas de las zonas rurales abandonaron sus tierras y huyeron hacia las ciudades capitales, constituyéndose en población en situación de desplazamiento forzado.

En el auto 092 de 2008, la Corte Constitucional dispuso, específicamente, que la Fiscalía de la Nación dé trámite acelerado a los casos de violencia sexual perpetrados en el contexto del conflicto armado, y ordena la creación y ejecución de 13 programas para llenar los vacíos en la atención a las mujeres desplazadas.

"Esta sentencia es el producto de la evaluación de la situación humanitaria de las mujeres desplazadas, a través de una audiencia con ellas, de la cual la Corte concluyó que los derechos que tienen las colombianas no se están cumpliendo para las desplazadas y, por ello, mediante los programas que ordena, busca que se ejecute una política pública de género para ellas", explicó a SEMlac Marco Romero, director de la ONG Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES).

Los programas ordenados por la Corte comprenden prevención de violencia sexual, salud, educación, reparación, tierra, asistencia humanitaria y prevención de violencia intrafamiliar y comunitaria.

Estos "debían estar diseñados y en ejecución, a nivel nacional, en octubre del año pasado y apenas hay nueve, en etapa de diseño", afirmó a SEMlac Lida Núñez, coordinadora del Programa de Desplazados de la ONG Corporación de Investigación y Acción Social y Económica (CIASE), que integra la Mesa de Seguimiento a los proyectos dictados en la mencionada sentencia.

Sin embargo, a nivel regional han avanzado un poco más. Recientemente se empezaron a ejecutar estas iniciativas en la ciudad de Medellín, pero sólo para las 98 mujeres que tienen una medida de protección emitida por la Corte Constitucional.

Entre los programas ordenados por la Corte Constitucional, uno se enfoca hacia la prevención de la violencia sexual contra las mujeres desplazadas y la atención integral a sus víctimas, y otro a la prevención de la violencia intrafamiliar y comunitaria en contra de la misma población.

"Acción Social —el organismo gubernamental encargado de atender a los desplazados— resolvió unir estos dos planes en uno, cuando la Corte ordenó que fuesen dos diferentes. En síntesis, Acción Social no ha mostrado avances en su cumplimiento. Este organismo se defiende diciendo que su tarea es coordinar. Esa es una pésima interpretación de lo ordenado por la Corte Constitucional", aseveró Núñez.

De otro lado, el director de CODHES, organización que hace parte de la Mesa de Seguimiento de los casos de violencia sexual, afirmó que "aunque la Fiscalía ha avanzado en las investigaciones, estas van muy lentas y todavía no hay fallos condenatorios".

Si bien 70 por ciento de las denuncias por violación de derechos humanos cometidos en el conflicto armado son presentadas por mujeres, muy pocas son sobre delitos sexuales.

De las 179.990 denuncias reportadas hasta diciembre de 2008, solo 28.644 se refieren a actos punibles contra las mujeres, y entre estas apenas 164 son referidas a delitos sexuales.

"En general, las mujeres sienten temor y pudor de denunciar los abusos sexuales. Organizaciones de mujeres y ONGs trabajan por su visibilización, pero son conscientes de que se trata de delitos cuyas víctimas requieren acompañamiento; y dado que el Estado no lo está brindando adecuadamente, pues las ONGs no promueven la denuncia, ya que sería irresponsable", explicó a SEMlac Luz Piedad Caicedo, coordinadora de Investigación de la ONG Corporación Humanas-Colombia.

Sin embargo, las ONGs no se han limitado a dar seguimiento, también han aportado para contribuir con el cumplimiento de la sentencia de la Corte. De hecho, la Mesa de Seguimiento diseñó los lineamientos de los programas que fueron acogidos por la Corte Constitucional, de manera que incorporen el enfoque de género.

Por su parte, la Corporación Humanas lanzó en julio pasado la primera "Guía para judicializar casos de violencia sexual en el marco del conflicto armado".

Ese documento, que se elaboró luego de analizar 276 casos de violencia sexual, es una herramienta para los funcionarios judiciales, a fin de que investiguen el delito en su contexto, puedan entender que no se trata de un delito aislado y lo consigan documentar como parte de una estrategia de guerra", afirmó a SEMlac Cecilia Barraza, directora de la Corporación Humanas-Colombia.

Si bien este país no tiene tipificado el delito de lesa humanidad, sí lo contempla como circunstancia de agravamiento en el Código Penal.

"Colombia debe armonizar su legislación con el Estatuto de Roma para poder pensar en declarar la violencia sexual en el marco del conflicto como un crimen de lesa humanidad. Y aún así, es difícil, pues se requiere probar varias condiciones", aclaró Barraza.

No obstante, la guía busca contribuir a que los casos empiecen a ser investigados, con miras a darles carácter de crímenes de guerra.

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